Las DD. OO. Utiel–Requena y Alicante recurrirán al Tribunal Supremo para recuperar unos territorios

El 23 de julio el pleno del consejo regulador de la Denominación de Origen Protegida (D.O.P.) Utiel–Requena se ha reunido de urgencia para estudiar la «reciente y desfavorable sentencia» dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en relación a la recuperación por parte de esta D.O.P. y la D.O.P. Alicante de unos territorios que actualmente están incluidos en la D.O.P. Valencia. El pleno ha acordado por mayoría interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo «por entender que la sentencia es inadmisible, no ajustada a derecho y contraria a lo que significa una Denominación de Origen como valor potencial dentro de un territorio perfectamente definido y también lo que significa para el consumidor la figura de calidad que todos conocemos como ‘Denominación de Origen’».

Cabe recordar que este conflicto se inició cuando la D.O.P. Utiel–Requena y la D.O.P. Alicante presentaron un recurso en 2011 ante el TSJCV, al dictar la Conselleria de Agricultura de la Generalitat Valenciana dos órdenes que recogen el reglamento y pliego de la D.O.P. Valencia en los que se incluyeron como demarcación geográfica propia de esta D.O.P. los nueve términos municipales que forman parte de la D.O.P. Utiel–Requena y se incluyeron también más de una veintena de los términos municipales de la D.O.P. Alicante.

La D.O.P. Utiel–Requena ha señalado en relación a la D.O.P. Valencia que son «unas DD. OO. distintas por sus factores naturales y humanos, y también por sus vinos. Una pérdida de identidad irrecuperable en el tiempo daña todavía más a una zona eminentemente rural cuya verdadera sentencia y quizás más amenazante es la despoblación acusada en cada uno de sus nueve pueblos y la falta de relevo generacional por no haber sabido preservar su identidad y su futuro».

En diciembre de 2015 el TSJCV inadmitió los recursos presentados por las DD. OO. Utiel–Requena y Alicante, decisión que fue corregida y anulada por el Tribunal Supremo en sentencia de marzo de 2019.

Para más información al respecto ver: http://enoviticultura.quatrebcn.es/paso-adelante-de-la-do-utiel-requena-y-la-do-alicante-para-recuperar-unos-territorios
 

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